Lo nuevo en la normativa del decreto de 30.09.2020 es que parte muy importante de las inversiones de las empresas pueden ser financiadas con grandes exoneraciones impositivas.
A continuación una breve síntesis de interés. En la complicada situación económica y social del mundo derivada también de la emergencia sanitaria, Uruguay hasta el momento es atractivo para las inversiones por su estabilidad jurídica, el equilibrado control de la situación sanitaria y por la solvencia económica.
Bienes considerados:
a) bienes muebles tangibles e intangibles (maquinaria, equipos, instalaciones, etc.) destinados a la actividad de la empresa. Quedan incluidos los vehìculos utilitarios,
b) bienes inmuebles, mejoras y obra civil en bienes propios excepto los destinados a casa habitación,
c) plantines y árboles,
No se consideran las inversiones amparadas en otros regímenes de exoneración del impuesto a las ganancias (IRAE) irae ni aquellas subsidiadas por fondos públicos.
Las inversiones computables son las ejecutadas desde el inicio del ejercicio de presentación o en los 6 meses anteriores al primer día del mes de presentación y hasta un máximo de 10 ejercicios.
Comap (organismo encargado dentro del Mrio. de Economía) redefinirá la ponderación de la matriz de indicadores:
– generación de empleo,
– descentralización geográfica,
– aumento de exportaciones,
– aplicación de tecnologías limpias,
– Investigación – innovación – desarrollo,
– indicadores sectoriales (por cada ministerio).
Comap definirá un régimen simplificado de presentación de las solicitudes en base al indicador empleo.
Un elemento que ofrece certezas es que Comap tiene por este decreto un plazo de 90 dìas hábiles para expedirse, plazo que puede suspenderse si solicita ampliación de información por un plazo máximo de 90 dìas hábiles. Si vence el plazo sin expedirse se considera recomendado el proyecto. Si la empresa no amplía la información solicitada se considera desistido el proyecto.
Es necesario presentar en los ejercicios siguientes el informe de seguimiento acompañado de los estados contables dentro de los 4 meses posteriores al cierre de cada ejercicio incluido el de la presentación. Los elementos de control son en base a la resoluciòn: ejecuciòn de la inversión, utilizaciòn del beneficio y cumplimiento de los indicadores comprometidos.
Son motivo de pérdida de los beneficios y de posibles reliquidaciones impositivas: a) el incumplimiento en la presentación del informe de seguimiento y de los estados contables, b) el incumplimiento en la ejecuciòn de la inversión pactada, c) el incumplimiento de los indicadores comprometidos.
Los bienes de activo fijo exonerables deben mantenerse como norma general por su vida útil de acuerdo a criterios fiscales o 10 años si la vida útil es mayor.
El margen de tolerancia en la matriz de indicadores es de 20% sobre el puntaje total de la matriz al finalizar el cronograma de cumplimiento de los mismos. En todos los casos deben cumplirse los indicadores comprometidos durante 3 ejercicios.
El impuesto a las ganancias (IRAE) exonerado no puede superar el 100% de la inversión ejecutada ni el 90% del IRAE a pagar. Hay una escala de incremento de exoneraciones para las inversiones realizadas hasta el 31.12.2021.
El plazo de exoneración de IRAE no será menor a 4 ejercicios y se computa a partir del ejercicio en que se obtenga renta neta fiscal incluyéndolo.
Se exoneran del impuesto al patrimonio: a) bienes muebles durante su vida ùtil, b) inmuebles por 8 años en Montevideo y 10 años en el interior del país.
Se exonera la totalidad de las tasas y tributos a la importación incluyendo el iva. Se devuelve el IVA compras de la obra civil y de los bienes muebles afectados al proyecto de inversión.
Hay también en la normativa incentivos específicos para micro, pequeñas y medianas empresas asì como para usuarios de parques industriales y de parques tecnológicos.
Otros regímenes de beneficios impositivos
– Producción de soportes lógicos (con resultados excelentes en la provisión de servicios a otros países)
– Producción audiovisual (es de destacar que en toda la región sus locaciones funcionan estos meses muy activamente apoyadas por la logística necesaria y las medidas de control sanitario).
– Vivienda promovida para uso casa habitación, oficinas, coworking, etc.
– Promoción nacional y departamental para la construcción de estacionamientos subterráneos.
– Centros de servicios compartidos.
– Producción y servicios en biotecnología.
– Fabricación de maquinaria agrícola.
– Energías renovables.
De interés para las áreas científicas y tecnológicas son los subsidios concedidos por la ANII (Agencia para la investigación y el desarrollo) a los proyectos por hasta u$s 1 millón (con hasta el 35% de los gastos admitidos) en crédito fiscal. El plazo de presentación de los proyectos es al 30.12.2020.